Fiscalizaciones a huertos de la Inspección del Trabajo

Publicado En: febrero 7, 2017Categorías: Columnas

Fiscalizaciones a huertos

Nelson Arteaga Montesinos. Ex fiscalizador de la Inspección del Trabajo. El Austral de Osorno
  • ¿Qué es más importante, el pacto de horas extraordinarias o que dichas horas sean efectivamente pagadas? Con pleno conocimiento de causa puedo manifestarles que he visto llegar al absurdo de sancionar con multa de aproximadamente $ 1.800.000 por registro de asistencia mal llevado debido a que en dicho documento se registraban alrededor de cuatro horas extraordinarias y se le habían pagado 14 horas extraordinarias.

Con relación a la publicación del pasado 1.02.2017, en donde los agricultores acusan elevadas multas en inspecciones a huertos, he estimado necesario hacer algunas precisiones, dado el conocimiento que tengo del tema.

Siendo Inspector Provincial del Trabajo de Osorno, me correspondió liderar la puesta en marcha de la fiscalización asistida a las distintas empresas productoras de berries y para ello tempranamente se empezaban a realizar reuniones de coordinación entre el organismo fiscalizador y la entusiasta participación de los productores.

Es cierto que no se alcanzaba el óptimo, no se llegaba a la perfección, pero sí se hacían los mejores esfuerzos para alcanzar los más altos estándares de cumplimiento y así quedaba demostrado en las evaluaciones que posteriormente hacia la propia Dirección del Trabajo y cuyos resultados avalaban la gestión del propio señor Oliveros.

Sí, el mismo que hoy dice que no se logró la «modificación de la conducta por parte de los empleadores» y es, al parecer, en esta frágil conclusión, que hoy el representante regional de este organismo fiscalizador justifica el cambio de conducta de la institución que representa.

Pero el cambio no es de hoy, sino que todo indica que solo se trata de una adecuación a las políticas institucionales que se encuentran en práctica hace algunos años, ya que la Dirección del Trabajo nos ha ido acostumbrando que sus balances dicen relación con las multas que se han aplicado.

Es en la propia página web institucional que se puede observar que se publicita el monto de las multas cursadas con motivo, por ejemplo, de los feriados irrenunciables. O sea, es una tendencia de la Dirección del Trabajo a destacar la conducta infractora, que por los montos de las multas a nivel nacional permite sacar como conclusión que el grado de incumplimiento debe bordear el 5%, pero eso es lo destacable.

Respecto de las fiscalizaciones propiamente tal, son instrucciones de la superioridad institucional que toda infracción debe ser sancionada, aunque su impacto en la situación del trabajador sea nula.

¿Qué es más importante, el pacto de horas extraordinarias o que dichas horas sean efectivamente pagadas? Con pleno conocimiento de causa puedo manifestarles que he visto llegar al absurdo de sancionar con multa de aproximadamente $ 1.800.000 por registro de asistencia mal llevado debido a que en dicho documento se registraban alrededor de cuatro horas extraordinarias y se le habían pagado 14 horas extraordinarias.

Absurdo, pero real. Se requiere un cambio en esta política del miedo que ha implantado la Dirección del Trabajo, en donde el ánimo sancionatorio prevalece por sobre cualquier accionar criterioso.

http://www.australosorno.cl/impresa/2017/02/07/full/cuerpo-principal/9/texto/

 

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